Cuando compras una casa, el precio del inmueble no es lo único que pagas. Para que la propiedad quede legalmente a tu nombre hay que escriturar ante notario, y eso implica impuestos, derechos y honorarios. Muchas compras se complican porque el comprador no los consideró desde el inicio.
¿Quién paga los gastos de escrituración?
Por regla general y por costumbre, los paga el comprador. El vendedor, por su parte, puede tener que pagar el ISR por la venta (salvo que aplique alguna exención, por ejemplo por venta de casa habitación, según el caso) y liquidar los adeudos del inmueble. Lo que acuerden las partes debe quedar por escrito en el contrato.
¿Qué incluyen?
- Impuesto de traslado de dominio (Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles): es un impuesto municipal que se calcula sobre el valor de la propiedad y suele ser el concepto más alto.
- Derechos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad; en el Estado de México, el IFREM (Instituto de la Función Registral).
- Honorarios del notario y su IVA.
- Avalúo del inmueble.
- Certificados y constancias: libertad de gravamen, no adeudo de predial y agua, entre otros.
- Si compras con crédito, pueden sumarse gastos del crédito (por ejemplo, comisiones o seguros, según la institución).
¿Cuánto cuestan?
No hay una cifra única: depende del valor de la propiedad, del municipio (cada uno aplica sus tablas y valores) y de si la compra es de contado o con crédito. Por eso, la recomendación más importante es:
Pide a la notaría un presupuesto por escrito antes de firmar cualquier compromiso de compra. Así sabes exactamente cuánto necesitas además del precio.
En créditos INFONAVIT, parte de los gastos de titulación puede cubrirse con el propio crédito; revísalo en tu precalificación o con tu asesor.
Cómo prepararte
- Presupuéstalo desde el principio, junto con el precio de la casa.
- Revisa que el inmueble esté al corriente en predial y agua: los adeudos pueden frenar la escrituración.
- Reúne tus documentos con tiempo: identificación oficial, CURP, RFC/constancia de situación fiscal, acta de nacimiento, acta de matrimonio (si aplica) y comprobante de domicilio.
- No firmes nada sin asesoría, sobre todo promesas de compraventa con penalizaciones.
¿Y si heredé la casa o no tiene escrituras?
Si el inmueble viene de una herencia, primero hay que tramitar la sucesión para poder escriturarlo a nombre de los herederos. Si no tiene escrituras o tiene irregularidades, existen procesos de regularización. En ambos casos conviene la asesoría de un abogado; te contamos más en nuestro artículo sobre el testamento.
En Onyria, nuestras áreas Inmobiliaria y Legal trabajan juntas: revisamos la documentación del inmueble, te ayudamos a obtener el presupuesto de escrituración y te acompañamos hasta la firma. Si vas a comprar con crédito, lee también cómo comprar casa con INFONAVIT en 2026.
¿Tienes dudas sobre tu caso?
Este artículo es informativo y no sustituye la asesoría profesional para tu caso particular. Los requisitos, costos y reglas pueden cambiar; confírmalos antes de tomar decisiones.
BBVA — ¿Cómo se calcula el impuesto sobre adquisición de inmuebles?